Proponen otorgar nuevas actas de nacimiento a quienes cambien de sexo en México

México, Distrito Federal
Sábado 9 de Febrero de 2008.

Las comisiones de Derechos Humanos, de Justicia, Presupuesto y la Especial sobre no Discriminación Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos de la Cámara de Diputados estudian la posibilidad de que las personas transgénero o transexuales puedan obtener una nueva acta de nacimiento y asentar en ésta su cambio de nombre y sexo.

En esta iniciativa presentada por el diputado federal David Sánchez Camacho (PRD), secretario de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, se destaca que es necesaria la regulación jurídica de los transexuales, porque cuando tienen que identificarse con documentación oficial para estudiar o laborar son discriminados.

Señala que este núcleo social, al modificar sus caracteres sexuales de manera permanente a través de reemplazo hormonal o intervenciones quirúrgicas, a fin de adaptar su identidad sexogenérica, se encuentra con que sus documentos de identificación como el acta de nacimiento son discordantes con su persona.

La propuesta de Ley Federal para la no Discriminación de los Derechos Humanos y Civiles de las Personas Transgénero y Transexuales resalta que existen casos que, con la intención de evitar malos tratos y exclusión, optan por recurrir a prácticas ilegales y fraudulentas.

De ahí que el legislador planteó que se garantice constitucional y legalmente el derecho de todo individuo a ser identificado y tratado reconociendo su expresión sexogenérica, sea cual sea su sexo de asignación, a fin de lograr el libre desarrollo de su personalidad.

Sánchez Camacho planteó modificar el Código Civil Federal para que en el Distrito Federal los jueces del Registro Civil sean los encargados de realizar el trámite de ajuste de las actas para las personas transgénero.

En el documento se estipula que para gestionar la presolicitud para el ajuste de actas de nacimiento a la realidad social de la persona, se deberán cumplir con los siguientes requisitos: constancia de especialistas o institución reconocida que diagnostica a la persona como transgénero; constancia de valoración psiquiátrica de salud mental y manifestar, bajo protesta de decir verdad, no estar unido en vínculo matrimonial alguno.

Asimismo para gestionar la solicitud para el ajuste del acta de nacimiento los requisitos serían: certificado emitido por profesional o institución con experiencia reconocida en el que se diagnostica a la persona como transgénero- transexual; valoración psiquiátrica de salud mental; constancia psicológica de profesional especializado.

Otro de los requisitos para ello es el certificado médico en el que conste la esterilidad permanente y se exponga el estado físico- quirúrgico de dicha persona.

La iniciativa establece que una vez realizado el ajuste del acta de nacimiento, el solicitante tendrá todos los derechos y obligaciones correspondientes a su reasignación sexogenérica legal.

Una vez obtenido el reconocimiento jurídico adquiere la obligación de emplear el nombre y sexo asentado por el ajuste registral y acudirá a las dependencias de gobierno para que le reexpidan los documentos de manera acorde a su identidad, a efecto de que se homologue su personalidad jurídica y se evite la duplicidad de ésta.

Señala la propuesta que a toda persona transgénero- transexual que se encuentre sujeto a proceso o que se haga acreedora a pena privativa de la libertad, se le respetará su dignidad personal, salvaguardando sus derechos humanos y se le dará el trato correspondiente conforme a las disposiciones constitucionales, leyes y tratados aplicables en la materia.