Descuentos de Agua, Tenencia y Predial 2008 en el Estado de México.

Toluca, Estado de México
Viernes 11 de Enero de 2008.

Con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al tiempo fortalecer las finanzas estatales y de los 125 ayuntamientos mexiquenses, la LVI Legislatura estatal aprobó bonificaciones en el pago del impuesto predial, derechos de agua potable y la tenencia durante los primeros meses del año, así como un subsidio del 100 por ciento para el cambio de propietario de vehículos automotores usados durante los primeros 6 meses, entre otros.

La Cámara de Diputados Mexiquense aprobó una bonificación en el pago anual anticipado por los derechos de agua potable y drenaje: del diez, ocho y seis por ciento, durante enero, febrero y marzo de manera respectiva, además de un estímulo por cumplimiento del seis y el cuatro por ciento.

Los legisladores autorizaron un subsidio del 100 por ciento a los contribuyentes del impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados que realicen el cambio de propietario dentro del primer semestre del ejercicio 2008. A partir del mes de julio el subsidio aplicará cuando el cambio de propietario se realice dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la adquisición. Además eliminaron la sanción de dos mil pesos al momento de efectuar el reemplacamiento, por incumplimiento al programa obligatorio del ejercicio fiscal de 2002.

En este sentido, se mantienen los subsidios equivalentes al cuatro y dos por ciento en el pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos automotores, a los contribuyentes que se encuentren al corriente en el pago del impuesto y que lo realicen durante los meses de enero y febrero (sólo aplica en vehículos modelos 1998 y anteriores).

Los legisladores mantuvieron los subsidios otorgados a quienes participan en el proyecto de conversión de gasolina a gas natural, mientras que para los beneficiarios de los programas de promoción de vivienda de interés social, se propuso mantener el subsidio del 100 por ciento durante el presente ejercicio fiscal, en el pago de derechos por servicios que presta el Instituto de la Función Registral.

Por representar un alto costo operativo y resultar ineficaz para estimular el pago anticipado, se elimina la bonificación del cinco, cuatro y tres por entero en una sola exhibición, del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.

Asimismo incorporó estímulos fiscales mediante bonificaciones en el monto de los recargos y multas, para los contribuyentes que adeuden el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras operaciones relativas al traslado de dominio de inmuebles, y también cuando se lleve a cabo la regulación de la tenencia de la tierra a través de los organismos públicos creados para tal efecto, que se presenten durante el ejercicio fiscal 2008. Se establecieron estímulos fiscales para los contribuyentes que adeuden pagos por servicios de desarrollo urbano y obras públicas relacionados con la licencias de construcción.

Los descuentos por pago anticipado de impuesto Predial 2008 en los 125 municipios del Estado de México se aplica de la siguiente forma: 10% en Enero, 8% en Febrero y 6% en Marzo.

Si usted es una contribuyente cumplido con sus obligaciones fiscales, y ha pagado en los dos últimos años el predial dentro de los plazos establecidos, tendrá un estimulo adicional presentando sus recibos anteriores, es decir, un descuento extra del 6% en el mes de Enero y del 4% en Febrero.

Los pensionados, jubilados, adultos mayores con credencial vigente, tienen descuentos que van del 4% al 50% en el pago, esto dependerá del acuerdo que tome el cabildo municipal de su localidad. Cabe decir, que algunos municipios pueden incorporar descuentos extras a los mencionados, como apoyo a Viudas en el pago de este impuesto.

Con el objeto de actualizar el padrón catastral municipal, se previeron estímulos fiscales y bonificaciones, determinados por acuerdo de cabildo, en materia de impuesto predial, para los propietarios o poseedores de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales, además de incorporar el concepto de “entidades del sistema financiero mexicano”, dentro de las instituciones en las que puede hacerse el pago de contribuciones en vez de “instituciones de crédito de banca múltiple”.