Aprueban reformas en el DF, para mayor protección de los No Fumadores.

México, Distrito Federal
Miércoles 3 de Octubre de 2007.

El Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó reformas y adiciones a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores, que prohíbe fumar en establecimientos públicos como oficinas bancarias, financieras, comerciales o de servicios.

Ante ello, los legisladores determinaron que las secciones para fumadores y no fumadores de los establecimientos deberán quedar separadas físicamente y contar con un sistema de extracción y purificación hacia el exterior; y en el caso que por cualquier circunstancia no sea posible cumplir los preceptos del artículo 14 de la ley, queda prohibido fumar en todo el inmueble, local o establecimiento.

Como parte de las reformas se clarifica que se prohíbe fumar en el transporte urbano, suburbano y taxis, en espacios cerrados de trabajo que compartan dos o más personas, en sitios de concurrencia colectiva, y en cualquier otro que determine la Secretaría de Salud; además los menores de edad no podrán acceder a áreas determinadas a fumadores, incluso si son acompañados por un adulto.

Las reformas aprobadas prohíben a la industria tabacalera la promoción y patrocinio de eventos deportivos, culturales, sociales o actividades relacionadas con los mismos; en los establecimientos dedicados al hospedaje se destinará un porcentaje no mayor a 25 por ciento del total de las habitaciones para las personas fumadoras.

Además de señalar y clarificar las atribuciones de la Secretaría de Salud, como promover la creación de clínicas y servicios para la atención del fumador, establecer políticas para prevenir y reducir el consumo de tabaco y la exposición al humo del tabaco, así como la adicción a la nicotina con un enfoque de género, las modificaciones también crean el Capítulo Segundo del Programa contra el Tabaquismo.

Por otra parte, quienes infrinjan la norma pondrán ser sancionados con la suspensión temporal del servicio o clausura definitiva del servicio, o bien recibir arresto por 36 horas. Asimismo los propietarios, poseedores o responsables de los locales cerrados que no cumplan con la ley recibirán una multa de 100 y hasta 500 veces el salario mínimo diario general vigente; o bien, se impondrá una sanción de 30 días de salario mínimo general vigente al titular de la concesión o permiso de vehículos de transporte público de pasajeros, en el caso de que no fijen las señalizaciones correspondientes, toleren o permitan fumar.

La Asamblea Legislativa, señala el dictamen, debe actuar decididamente para salvaguardar la salud de los habitantes y combatir el tabaquismo, con el fin de eliminar la publicidad de los productos, crear espacios y ambientes 100 por ciento libres de humo, así como proteger a niños y adolescentes, entre otros.

Las nuevas disposiciones de la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el DF entrarán en vigor una vez armonizados los ordenamientos correspondientes; en tanto, al entrar en vigor las modificaciones a la ley que protege a los no fumadores, el GDF contará con 60 días naturales para publicar el reglamento correspondiente; a su vez, la ALDF considerará en el Presupuesto de 2008 una partida específica para promover la creación de centros delegacionales contra el tabaquismo y para las clínicas y servicios para la atención del fumador.

Al fundamentar el dictamen a las iniciativas presentadas por los diputados Armando Tonatiuh González Case y Fernando Espino Arévalo, el presidente de la Comisión de Salud, Marco Antonio García Ayala, sostuvo que 25 enfermedades mortales y discapacitantes están relacionadas directamente con el consumo al tabaco.

Particularmente, explicó, en México el tabaquismo representa la principal causa de muerte evitable. Datos del Consejo Nacional contra las adicciones de la Secretaría de Salud Federal, estiman que 53 mil fallecimientos al año son ocasionados por el tabaquismo; mientras encuestas nacionales de adicciones, revelan que más de 28 por ciento de la población entre 12 y 65 años de edad fuman, mientras 52.2 por ciento de la población es fumador pasivo.

El dictamen recibió una votación en lo general de 38 votos en favor, cinco en contra y una abstención; en lo particular, fue aprobado con 46 votos en favor, cero en contra y cero abstenciones.