Microbuseros buscan amparo para bajar pasajeros en segundo o tercer carril.

México, Distrito Federal
Viernes 3 de Agosto de 2007.

A dos semanas de aplicación del nuevo Reglamento de Tránsito Metropolitano (RTM), el Poder Judicial de la Federación ha negado las suspensiones provisionales en los 14 juicios de amparo interpuestos por microbuseros, empresas y particulares, quienes pretenden quedar exentos de cumplir con este ordenamiento y de las sanciones que les imponga la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

Los ocho jueces de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, que han revisado los recursos, sostiene que las peticiones son improcedentes porque las disposiciones del reglamento tienen como objetivo salvaguardar la integridad física de los conductores de vehículos destinados al servicio público de los pasajeros y a los particulares y en general a los transeúntes.

Con esta determinación, los impartidores de justicia federal colocan la protección a la vida y la sana convivencia urbana, objetivos del RTM y motivo de interés general, por encima de los intereses particulares de quienes han promovido los juicios de amparo, por lo cual niegan las suspensiones provisionales.

Bajo el criterio que han adoptado los titulares de los juzgados primero, tercero, quinto, sexto, séptimo, octavo, decimoquinto y decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, favorable a la protección a la vida que impulsa el RTM, se prevé que también nieguen las suspensiones definitivas en los próximos días.

Las últimas tres suspensiones negadas fueron solicitadas por la empresa NMC Administradora de Servicios S.C y Comercio Virtual NMC S.A, así como por un particular. La notificación fue hecha el jueves 2 a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y con estas ya suman 14 negativas.

De este número de juicios de amparo en los que se ha negado la suspensión provisional, seis fueron promovidos por concesionarios de transporte público de pasajeros que operan microbuses en las delegaciones Xochimilco y Coyoacán, otros seis por empresas de paquetería y dos por particulares.

Quienes han promovido demandas de amparo, impugnan la validez constitucional de diversos artículos, principalmente – en el caso de los microbuseros – las fracciones VII y VIII del artículo sexto, que les prohíben permitir el descenso o ascenso de sus pasajeros en carriles centrales y circular con exceso de pasajeros.

Los transportistas pretenden seguir con esta actividad, pese a la falta de orden que genera peligro en que ponen a sus usuarios y a otros automovilistas.

Los microbuseros también buscan quedar exentos de cumplir las disposiciones contenidas en los artículos 22 y 23 del RTM, que norman la circulación de los vehículos de transporte público de pasajeros al establecer las obligaciones y prohibiciones para los operadores, lo cual resguarda a los usuarios y a los mismos conductores de delitos y accidentes.

UN CASO

De la revisión de los recursos destaca la demanda de amparo promovida por Juan Angel Díaz Tello, un ciudadano que impugna los artículos del RTM con mayor peso en la prevención de accidentes y delitos. Este conductor demanda que se le permita manejar luego de consumir alcohol o narcóticos y no someterse a ninguna prueba que lo confirme, conforme disponen los artículos 31, 32 y 33 del RTM.

Busca evadirse de la obligación de cerciorarse de que su vehículo, si es modelo 2008, tenga sistema de localización y no use vidrios polarizados, de acuerdo a lo establecido en los artículos 16 fracción XI y 19, fracción VII del mismo ordenamiento.

Tampoco quiere que al realizar la verificación vehicular se constate que no adeude infracciones y éstas sean pagadas antes de que efectúe las pruebas de emisiones contaminantes (artículo 41). Además, trata de impedir que si comete un delito al manejar sea detenido y puesto a disposición del Ministerio Público (artículo 43).