Salario Mínimo 2011.

México, Distrito Federal
Sábado 18 de diciembre de 2010.

El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos acordó otorgar un aumento general a los salarios mínimos de las tres áreas geográficas para el 2011 de 4.1 por ciento.

Los nuevos salarios mínimos generales de las tres áreas geográficas que aplicarán a partir del 1º de enero de 2011 son los siguientes:

Para el área geográfica “A” será de 59.82 pesos diarios. Esta área comprende el Distrito Federal y su área metropolitana, los estados de Baja California y Baja California Sur, las ciudades de Acapulco, Gro., Ciudad Juárez, Chih., Nogales, Son., Matamoros, Tamps. y Coatzacoalcos, Ver., entre otras.

Para el área geográfica “B” el salario mínimo general será 58.13 pesos diarios. Algunas localidades pertenecientes a esta área son las ciudades de Guadalajara, Jal., Monterrey, N.L., Hermosillo, Son., Tampico, Tamps. y Poza Rica de Hidalgo,Ver.

Finalmente, en el área geográfica “C” el salario mínimo general será de 56.70 pesos diarios. Este salario aplicará en entidades federativas como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; así como en municipios específicos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.

En cuanto a la Lista de Profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mínimo profesional, el Consejo de Representantes acordó suprimir para el año 2011 y en lo sucesivo, el trabajo especial de Recepcionista en general. Las demás ocupaciones incluidas en la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales que estuvieron vigentes en el 2010, se mantienen con su denominación, descripción y diferencia salarial con respecto al salario mínimo general.

Asimismo, acordaron para todas las profesiones, oficios y trabajos especiales que sus salarios mínimos profesionales aumentaran en la misma proporción en que lo hicieron los mínimos generales para las tres áreas geográficas existentes, conservando para cada oficio el mismo porcentaje de percepción por arriba del mínimo general que fue determinado en función del grado de calificación requerido para desempeñarlo.

Basilio González Núñez, Presidente de la Comisión, informó que los sectores obrero y patronal que integran el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con el Gobierno Federal, hacen un público manifiesto que la Resolución que emiten fijando los salarios mínimos que entrarán en vigor el 1 de enero de 2011, representa una decisión unánime para apoyar la supervivencia y creación de micro, pequeñas y medianas empresas, que son las mayores generadoras de empleo en el país, elemento fundamental para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias.

De conformidad con la disposición del sector de los trabajadores en sus exigencias salariales, los patrones aceptaron el compromiso de realizar su máximo esfuerzo para modernizar la planta productiva y fomentar la capacitación de los trabajadores, a efecto de que mediante el incremento de la productividad del trabajo sea factible crear condiciones reales para fortalecer los salarios. En adición a lo anterior, el Consejo de Representantes manifestó que la creación de empleo debe ser un objetivo prioritario para los gobiernos, al igual que lo es la baja inflación, las políticas fiscales ordenadas y demás objetivos macroeconómicos. Asimismo, convinieron en que se debe situar al empleo pleno y productivo y al trabajo decente como elementos centrales de las políticas económicas y sociales. En este sentido, consideraron prudente resolver con objetividad y responsabilidad la presente fijación salarial. Asimismo, los sectores obrero y patronal en el Consejo de Representantes determinaron que se continúe en el próximo año, revisando los salarios contractuales en la más amplia libertad de las partes, dentro de las condiciones específicas de cada empresa, tomando en cuenta su productividad, competitividad y la imperiosa necesidad de generar empleos productivos, de manera que el incremento que se determinó a los salarios mínimos, no sea la base ni el límite para las revisiones contractuales, sino que se considere la capacidad económica de cada empleador, su subsistencia y la necesaria reinversión del capital.

Al tomar su Resolución, el Consejo de Representantes consideró que el subsidio para el empleo se continuará aplicando en los términos obligatorios y directos que se encuentren vigentes a partir del 1 de enero del 2011, con independencia de los salarios mínimos a que se refiere esta Resolución.

A continuación se presentan las modificaciones de que fueron objeto los salarios mínimos profesionales de las tres áreas geográficas:

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