Va COFETEL por registro de usuarios y tecnología para ubicación geográfica.

México, Distrito Federal
Viernes 22 de Agosto de 2008.

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) propuso la creación de un registro de usuarios de telefonía y la incorporación obligatoria de tecnología de ubicación geográfica en todos los aparatos receptores.

En respuesta a una solicitud de Opinión Institucional planteada por legisladores, la COFETEL entregó hoy el documento formal tanto a la Senadora María Elena Orantes López, como a los Diputados Oscar Gustavo Cárdenas Monroy y Marco Heriberto Ruiz Velasco, así como al Secretario de Comunicaciones y Transportes, Luis Téllez Kuenzler y al Subsecretario de Enlace Legislativo de la SEGOB, Cuauhtémoc Cardona Benavides.

La Opinión plantea que para que la Iniciativa se encuentre en plena funcionalidad técnico jurídica, se sugiere que en primer término se contemple la adición de dos párrafos al Artículo 68 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a efecto de que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que hagan uso de numeración asignada por la COFETEL –particularmente en lo que respecta a la telefonía móvil–, tengan la obligación de recabar información mínima de sus usuarios.

Así, cada concesionario crearía con ella una base de datos interna, que permitiría identificar en todo momento a cada uno de los adquirientes del servicio y su dirección física. “Lo anterior”, considera la Opinión, “a fin de estar en posibilidad de auxiliar a las autoridades facultadas para ello, y cuando les sea solicitado, proporcionar información que permita prevenir y perseguir los actos delictivos realizados con teléfonos, en particular celulares”.

La COFETEL considera que cada empresa concesionaria de servicios de telecomunicaciones que hacen uso directa o indirectamente de numeración asignada por la Comisión (en servicios de telefonía móvil), debe crear una base de datos interna con datos proporcionados por los usuarios en el momento de activar una línea telefónica, tanto en la modalidad de prepago como de postpago, a fin de estar en posibilidades de ubicar al adquiriente del equipo y, con la tecnología idónea, en su caso, ubicar el equipo para con ello desincentivar la comisión de actos delictivos cometidos por medio de teléfonos celulares.

El documento sugiere que la obligación de solicitar información a los usuarios debe recaer en los concesionarios, a fin de que sean éstos quienes conduzcan la coordinación con sus respectivos puntos de venta.

El texto también contempla que, tomando en cuenta que en la actualidad existe un gran número de usuarios que tiene ya contratados servicios de telecomunicaciones que hacen uso de numeración asignada sin que se les hubiera exigido la presentación de documentación alguna por parte de los concesionarios, “se considera conveniente crear un artículo transitorio a efecto de otorgarles un plazo para que recaben la información de esos usuarios, en la inteligencia de que, vencido el plazo sin que se les hubiere proporcionado la información, deberán suspender el servicio, sin perjuicio de celebrar una nueva contratación, conforme a los términos de estas nuevas obligaciones”.

Paralelamente, la Opinión Institucional de COFETEL propone que las empresas concesionarias del servicio de telefonía móvil, incorporen de manera obligatoria en los nuevos teléfonos de Tercera Generación, el llamado GPS (por sus siglas en inglés), o Sistema de Posicionamiento Global, que permitirá identificar de manera precisa desde dónde se originan las llamadas telefónicas.

El GPS es un sistema global de navegación por satélite que permite determinar en todo el mundo la posición de un objeto, una persona, un vehículo o una nave, con una precisión hasta de metros e incluso centímetros.

Actualmente, el GPS funciona mediante una red de 27 satélites (24 operativos y tres de respaldo) en órbita sobre el globo terráqueo, a 20 mil 200 kilómetros de altura, con trayectorias sincronizadas que permiten cubrir la superficie de la Tierra.

Cuando se desea determinar la posición de un objeto, el receptor que se utiliza para ello localiza automáticamente como mínimo tres satélites de la red, de los cuales recibe señales indicando la posición del emisor.

En el caso de las redes que aún no son de Tercera Generación, la COFETEL propone que el proceso de ubicación se haga efectivo mediante “triangulación” desde las radiobases existentes, a través de las cuales se presta el servicio.

En el documento enviado a las distintas instancias, también se sugiere incorporar una Fracción VI al inciso A del Artículo 71 de la LFT, en el cual se establecería una sanción a los concesionarios por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 68.